FOUCAULT HABLA DE LA GUILLOTINA
El famoso artículo 3 del Código francés de 1791 -"a todo condenado a muerte se le cortará la cabeza"- lleva este triple significado: una muerte igual para todos ("Los delitos del mismo género se castigarán con el mismo género de pena, cualesquiera que sean la categoría y el estado del culpable", decía ya la moción votada, a propuesta de Guillotin, el 1 de diciembre de 1789); una sola muerte por condenado, obtenida de un solo golpe y sin recurrir a esos suplicios "prolongados y por consiguiente crueles", como la horca denunciada por Le Peletier; en fin, el castigo para el condenado únicamente, ya que la decapitación, pena de los nobles, es la menos infamante para la familia del delincuente (nota 13). La guillotina, utilizada a partir de marzo de 1792, es el mecanismo adecuado a tales principios.
En ella, la muerte queda reducida a un acontecimiento visible, pero instantáneo. Entre la ley, o quienes la ejecutan, y el cuerpo del delincuente, el contacto se reduce al momento de un relámpago. No existe enfrentamiento físico; al verdugo le basta con ser un relojero escrupuloso. "La experiencia y la razón demuestran que la manera usada en el pasado de cortarle la cabeza a un delincuente expone a un suplicio más espantoso que la simple privación de la vida, que es el deseo formal de la ley, para que la ejecución se realice en un solo instante y de un solo golpe; los ejemplos prueban cuán difícil es lograrlo. Es preciso necesariamente, para la exactitud del procedimiento, que dependa de medios mecánicos invariables, cuya fuerza y efecto se pueda igualmente determinar . . . Es fácil hacer construir una máquina semejante cuyo efecto es infalible; la decapitación se hará en un solo instante, de acuerdo con el deseo de la nueva ley. Dicho aparato, si parece necesario, no producirá sensación alguna y apenas se percibirá." Casi sin tocar el cuerpo, la guillotina suprime la vida, del mismo modo que la prisión quita la libertad, o una multa descuenta bienes. Se supone que aplica la ley menos a un cuerpo real capaz de dolor, que a un sujeto jurídico, poseedor, entre otros derechos, del de existir. La guillotina había de tener la abstracción de la propia ley.
NOTAS:
13. Le Peletier de Saint-Fargeau, Archives parlementaires, t. XXVI, 3 de junio de 1791, p. 720.
FUENTE: M. Foucault, Vigilar y castigar. Buenos Aires, Siglo XXI, 2002, cap. 1, págs. 2021.
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