BASES FILOSÓFICAS DEL LIBERTARISMO: ROBERT NOZICK

Robert Nozick (1938-2002)



Obra:    1974           Anarquía, Estado y utopía


Su obra y pensamiento están insertas en el contexto de las crisis de legitimación de las sociedades occidentales. Es un contractualista que responde al desafío teórico lanzado por Rawls en su teoría de la justicia, a propósito del concepto de posición inicial.

Parte de elementos teóricos como un individualismo exacerbado: la única organización legítima es la negociada a través de las actividades libres de los individuos en un intercambio competitivo de unos con otros (presuponiendo que tales intercambios se producen siempre en igualdad de condiciones para todos los que participan en ellos, cosa que elude considerar que las diferentes desigualdades sociales implícitas y previas a todo tipo de contrato anulan tal premisa). Se fundamenta en la inviolabilidad moral de los sujetos: no existe ninguna entidad social con un bien, solo hay personas individuales.

En otro sentido, Nozick piensa que las únicas instituciones políticas justificadas son las que protegen el ámbito de la libertad individual y los derechos naturales (propiedad y acumulación de recursos, en el más puro estilo de Locke), aunque eso suponga tener que soportar un orden de desigualdades. Su idea de la competencia se aproxima al neodarwinismo avanzado por Ayn Rand.

Partidario del estado mínimo, reducido a velar por el orden y la resolución pacífica de los conflictos privados. Nozick niega legitimidad a todo estado que se exceda en su papel de preservar los derechos individuales, y ataca toda medida de justicia social proveniente del estado, basándose en los límites de la individualidad de la persona, dado que esa persona es una empresa en miniatura que debe subsistir por sí sola.


El planteamiento político de Nozick se desarrolla en su obra Anarquía, Estado y utopía, donde defiende un modelo de estado mínimo en una sociedad autogestionada. Su punto de vista es claramente lockiano, a partir de una idea del estado natural de carácter benigno, donde hay propiedad privada y libertad de mercado. Aunque pretende defender la anarquía, justifica el estado como algo conveniente dentro del estado natural, para evitar los inconvenientes de una libertad sin medida. El esquema de su obra sigue la pauta del título: análisis de la anarquía, análisis del estado mínimo, y análisis crítico del pensamiento utópico.

La primera parte está dedicada a demostrar que la anarquía es imposible y que es necesario un estado mínimo, pero en clave anarquista: sirve para garantizar el máximo posible de libertad individual. El planteamiento es lógico: una sociedad no puede ser absolutamente anarquista, porque tal cosa es contradictoria: sociedad equivale a alguna forma de orden, esto es, Estado, aunque Nozick solo pide una noción mínima y suficiente de ello, algo que se asemeje todo lo posible al estado natural.

En la segunda parte profundiza sobre esta cuestión. El estado mínimo de Nozick ha de entenderse como lo asociativo en su menor expresión, esto es, en la presencia de obligaciones acordadas entre individuos, como una tendencia a realizar pequeñas uniones, pero manteniendo el derecho a la no asociación, mediante la figura de los independientes. Estado mínimo, no obstante, no equivale a estado débil: se trata de un estado fuerte orientado a defender determinados ámbitos: la propiedad privada, a toda costa. Es un estado protector y policial que cumple una serie de condiciones:

  • Justicia retributiva: cada uno ha de tener aquello de lo que sea capaz de apropiarse; substituye así la justicia distributiva de Rawls. La teoría distributiva propone metas de riqueza distribuida justamente, teniendo en cuenta los procesos previos a las metas, que son los que originan riqueza, y que anulan la necesidad de un reparto distributivo de la riqueza, como si la riqueza surgiera de la nada. Es decir, que hay que retribuir a quienes ponen en marcha los procesos de generación de riqueza, que invierten y arriesgan, por lo que merecen un trato diferente en la distribución posterior, merecen una retribución. En pocas palabras, estaría proponiendo la exención fiscal para las clases empresariales.
  • No debe tener una sobrecarga de funciones y competencias.
  • Ha de respetar la individualidad, incluso a cambio de perjudicar a terceros.
  • Establece el principio de la diferencia por encima del principio de la igualdad social.
  • Defiende la teoría del justo título: cada individuo tiene derecho a acceder a la propiedad, pero solo el individuo puede ser propietario, no entidades como el Estado.
  • Defensa de la mano invisible: reglas tácitas que no pueden ser violadas y que garantizan el funcionamiento de la sociedad autogestionada.

En cuanto a la tercera parte, dedicada a la reflexión sobre la utopía, Nozick retoma la cuestión de la ideología anarquista, la utopía de una sociedad sin estado, que de entrada es imposible, salvo que admitamos un estado mínimo y una máxima autogestión. Más allá de esto no vale la pena buscar, porque la anarquía total es imposible. 

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