HEMEROTECA: Rawls & Habermas (1998)
LAS CLAVES DEL CONSENSO
Julia Tamiris
John Rawls |
El gran
problema de la filosofía política desde el final de la Edad Media sigue siendo
la manera de conciliar el orden social y la estabilidad política ideales con la
pluralidad real. Hoy este problema es más agudo por la creciente diversidad de
opiniones e ideologías y por la atomización que las sociedades
tardocapitalistas están sufriendo. Todo ello dificulta sobremanera cualquier
intento de fundamentar el consenso político.
Este parece ser
el cometido del último gran libro de Habermas, Facticidad y validez [1992],
donde el autor alemán desarrolla una filosofía del derecho adaptada a los
cambios que han transformado las sociedades modernas, organizadas
verticalmente, en nuevos órdenes sociales organizados horizontalmente. Ahora
las pluralidades se hallan todas en un mismo plano, donde pugnan todas y cada
una como pretensiones de validez legitimadas para convertirse en hechos.
La teoría política ya no puede recurrir tan alegremente a formulaciones
conceptuales apriorísticas, ni establecer principios formales o normativos
superpuestos a todo este magma comunicativo, porque lo fáctico ha
conseguido acaparar la validez que en la modernidad estaba reservada a las
ideas. La razón práctica ha salido debilitada después de varios siglos de
creatividad al margen de lo fáctico, y ahora está pagando el coste de sus
excesos. Ahora hay que fundamentar el consenso en algo que tenga cierta relación
con los hechos.
Según Habermas,
la solución puede estar en la posibilidad de establecer un marco de relaciones
que favorezca un proceso de negociación y compromiso permanente, de manera que
la validez de los acuerdos se pongan continuamente en contraste con la validez
de los hechos. Aquí es donde entra en juego la teoría de la razón-acción
comunicativa de Habermas, que sería el marco teórico sustitutivo de la
fracasada razón práctica. En este espacio comunicativo, de carácter ideal, las
normas de derecho desarrolladas por una comunidad pueden articularse y
ordenarse en coherencia con el orden de los hechos, es decir, con un estado de
cosas horizontal, en un consenso donde pueden confluir todas las pretensiones
de validez. Se constituye así una comunidad ideal de interpretación del
mundo, cuyos miembros se entienden entre sí dentro de un marco
intersubjetivamente compartido, y a través de un procedimiento racional
aceptado por todos.
Rawls, un
pensador que viene del liberalismo y no está como Habermas, contaminado de influencias marxistas, también
reconoce que el fundamento más adecuado para una teoría del derecho ya no puede
ser el ideal apriorístico de la razón práctica, sino más bien algún tipo de procedimiento
para lograr el consenso. La diferencia entre Rawls y Habermas radica una
distinta concepción del procedimiento en el que se fundamenta el consenso.
Rawls se presenta como un liberal que pretende explicar el fenómeno de lo
político desde una perspectiva de neutralidad que no hay en Habermas. Éste es un
pensador comprehensivo, es decir, formula una teoría política con unas
raíces metafísicas de las que depende y con las que interpreta el fenómeno
político sesgadamente. En cambio, la propuesta de Rawls puede equipararse con
la actitud del relativismo, en el sentido de que su liberalismo político
pretende ser una metaideología.
Jürgen Habermas |
Es cierto que
Habermas lleva su teoría del derecho a un terreno mucho más amplio, de mayor
alcance crítico, y no oculta que en conjunto es una teoría de la racionalidad,
pero también es cierto que Rawls cae en la tentación de considerarse al margen
de las ideologías. Ser independiente de las doctrinas comprehensivas del mundo
no equivale a carecer de un marco ideológico, pues el liberalismo también tiene
una propuesta sobre cómo organizar el mundo y participa en la pugna política
con otras ideologías. En este terreno son los otros los que deciden si eres un
competidor ideológico o no.
En cuanto a la
discusión sobre la naturaleza del consenso, este asunto constituye una buena
parte del Debate sobre el liberalismo político, libro que incluye la
crítica de Habermas al texto Liberalismo político de Rawls [1993,
traducido al castellano por Editorial Crítica, en 1996], la respuesta de Rawls
y la contrarréplica de Habermas. La diferencia entre los autores es casi de
matiz, pero no por ello desdeñable.
Habermas concibe el consenso como un
proceso de discusiones libres y reales realizado entre personas libres, reales
y vivas, que se atienen a unas reglas procedimentales. El resultado es un acuerdo
dinámico, contingente, cambiante, regulable, pero que se apoya en un fundamento
estable: el respeto a las reglas, a los procedimientos para que ese consenso
sea válido. En Rawls, en cambio, el consenso es logrado por personal ideales,
situadas en una posición original en la que no se sabe el resultado
final y, por tanto, todos los participantes buscarán asegurarse un posición
final digna y sostenible. Es un resultado estático, propiciado por una
situación ideal a la que han de adaptarse luego la acción política y la
práctica jurídica.
El debate entre
Habermas y Rawls puede parecer anodino, pero no lo es. Ambos comparten
principios filosóficos importantes (kantismo, democracia), aunque divergen
tanto en sus orígenes intelectuales como en sus respectivos talantes
personales. Sus pequeños desacuerdos reflejan el conflicto abierto entre el
decadente idealismo moderno y el pujante realismo posmoderno: ni Habermas ni
Rawls renuncian a la racionalidad, pero los dos se dejan tentar por la fuerza
de los hechos.
DEBATE SOBRE EL LIBERALISMO POLÍTICO
Jürgen Habermas y John Rawls
Barcelona, Paidós / ICE de la Universidad Autónoma
de Barcelona, 1998
Traducción de
Gerard Vilar Roca
181 págs.
FACTICIDAD Y VALIDEZ
Jürgen Habermas
Madrid,
Editorial Trotta, 1998
Traducción de
Manuel Jiménez Redondo
690 págs.
Publicado en Lateral, nº 46, octubre 1998
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